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DECRETO en el que se declara el "Cerro de San Juan" como reserva de conservación y equilibrio ecológico y regeneración del medio ambiente del Estado de Nayarit.

28-10-1987


Decreto expedido por el Ejecutivo del Estado por medio del cual, por causas de utilidad pública, se declara área ecológica protegida como reserva de conservación y equilibrio ecológico y regeneración del medio ambiente, destinados para fines públicos la región denominada Cerro de San Juan comprendida en los municipios de Tepic, San Blas, Compostela y Xalisco, Nayarit, con la superficie que se precisa en el cuerpo mismo del Decreto.

CELSO H. DELGADO RAMIREZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, con apoyo en el artículo 69 de la Constitución Política de la misma Entidad, emito el siguiente:

DECRETO

Con fundamento en los artículos 27 y 115 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 fracciones I, III, IV, 2, 3, fracciones I, II, III, XI, 4 fracciones III, IV, y VII, 7, 8, 10, fracciones XI, XVII, XXII, 20 fracciones I, II, IV, 21, 22 fracciones II, Inciso a), IV Inciso d), V apartado b), fracción III Inciso e) 23, fracción IV Inciso e), 24 fracción V, Inciso c), 37 fracción III, 41, 42, 53, fracción VI, 145, fracciones I, II, III, IV, V, VI, de la Ley de Asentamientos Humanos del Estado de Nayarit , y en " El Plan de desarrollo Urbano del Estado de Nayarit" y en "El Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Tepic, Nayarit", aprobados legalmente ambos planos, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que el llamado "Cerro de San Juan" ubicado en los municipios de Tepic, San Blas, Compostela y Xalisco en la parte que se localiza a partir de la cota 980 y las Coordenadas siguientes: Paralelos 21°20' y 21°32' de Latitud Norte y los Meridianos 104°53' y 105°03' de Longitud Oeste dentro de los municipios de Tepic, San Blas, Compostela y Xalisco del Estado de Nayarit, siendo los límites:

Al Norte: Ejido Trapichillo, Barranca Blanca, Lo de Lamedo, El Rodeo, La Yerba y Lo de García;

al Sur: Ejido Adolfo López Mateos, Emiliano Zapata, Tepiqueños y la Comunidad La Cumbre de Huicicila;

al Este: La Ciudad de Tepic y los Ejidos de Xalisco, Testerazo, Aquiles Serdán y Emiliano Zapata;

al Oeste: Los Ejidos de Jalcocotán, Palapitas, San Antonio y El Tepozal, Nayarit.

Dicho cerro es una reserva ecológica de suma importancia para el valle de Matatipac que comprende la zona geográfica antes mencionada.

SEGUNDO.- Que la preservación o depredación inciden claramente en las variaciones del clima y en general del hábitat de los pobladores de dicho valle.

TERCERO.- Que el grado de deterioro observable a esta fecha por la explotación irracional del "Cerro de San Juan" lo pone en peligro de daño irreversible.

CUARTO.- Que la ciudadanía reclama desde hace tiempo la solución a la depredación constante y continua en el "Cerro de San Juan".

QUINTO.- Que el Gobierno del Estado, consciente del problema, considera inaplazable la resolución que dicta el interés de las mayorías.

SEXTO.- Que las explotaciones del cerro están creando el grave problema antes enunciado y carecen de la autorización legal correspondiente.

SEPTIMO.- Que tales explotaciones son completamente inmoderadas, destruyendo los recursos naturales del cerro y a éste mismo.

OCTAVO.- Que se han hecho estudios técnicos que consideran al "Cerro de San Juan" como una barrera natural que regula al clima de los municipios Tepic y de Xalisco, como parte del paisaje urbano de la ciudad de Tepic y de la Población de Xalisco, Nayarit.

NOVENO.- Que en el mencionado "Cerro de San Juan" habitan numerosos ejemplares de flora y fauna necesarios para el equilibrio ecológico de la zona, por lo que es notorio el interés público de la conservación completa de ese cerro.

DECIMO.- Que la explotación irracional e inmoderada del cerro causa daños de momento a momento y estos daños son irreparables para el Patrimonio Nacional, del Estado y de los municipios aludidos.

Por todos los considerandos y fundamentos legales antes expresados y con apoyo en los mismos, se:

DECRETA

I.- Se declara el "Cerro de San Juan" en la zona especificada antes como Reserva de Conservación y Equilibrio Ecológico y Regeneración del Medio Ambiente del Estado de Nayarit, por causas de utilidad pública, para impedir que sigan siendo dañadas y evitar su explotación.

II.- Se suspende la explotación de depósitos, materiales de construcción así como toda actividad que de acuerdo a la legalidad y dependencias correspondientes cause daños a la flora y la fauna del "Cerro de San Juan".

III.- Se convoca a todos los sectores, a las instituciones y en general al pueblo nayarita, para que presten su valiosa cooperación en el cumplimiento de este Decreto, en la restauración y resguardo zona ecológica comprendida por el "Cerro de San Juan" y en General en todos los actos que constituyen la conservación de esa zona y para el mejor disfrute de la misma

TRANSITORIO

ARTICULO UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.

DADO en el Palacio de Gobierno del Estado de Nayarit, en su capital Tepic, el veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y siete.

El Gobernador Constitucional Del Estado, Lic. Celso H. Delgado Ramírez Rúbrica. El Secretario General de Gobierno, Dr. Ignacio Cuesta Barrios. Presidente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Voluntariado en el Estado, Sra. Ma. Eugenia Espriu Delgado. El Subsecretario General de Gobierno, Lic. Edmundo Flores Santana. El Secretario de Finanzas, C.P. Gerardo Gangoiti Ruiz. El Secretario de Fomento Educativo, Profr. Ignacio Langarica Quintana. El Secretario de Obras y Servicios Públicos, Ing. Mayor Oscar Tiznado Osuna. El Secretario de Agricultura y Ganadería, Ing. Mauro Gómez Aguilar. El Secretario de la Contraloría General, Ing. Fermín Medina Contreras. El Oficial Mayor de Gobierno, Profr. Alejandro González Sánchez. El Coordinador General del Comité de Planeación para el Desarrollo en el Estado, Lic. Antonio Chumacero Gómez. El Procurador General de Justicia, Lic. Rodolfo León León. EL Director Del Instituto de la Vivienda en el Estado, Ing. Alejandro Rivas Curiel. Rubricas

 

 

 

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Última Actualización: 15/11/2007